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CONSULTORÍA JURÍDICA

Para corredores de seguros

Asesoramiento jurídico continuado como soporte a la gestión diaria, atendiendo todo tipo de consultas sobre mediación de seguros, protección de datos y prevención del blanqueo de capitales. También incluye la designación del titular del servicio de atención al cliente y la elaboración y presentación de la Documentación Estadístico-Contable (DEC).

Te ofrecemos asesoramiento especializado en la normativa de mediación de seguros:

 Elaboración y revisión de documentación jurídica relativa a la actividad de mediación de seguros.

 Elaboración de informes sobre cuestiones que puedan afectar a la sociedad de mediación.

 Servicio de asesoramiento continuado.

–  Nueva Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados.

–  Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.

–  Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

–  Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.

  Resolución de 18 de febrero de 2011, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se establecen los requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros, corredores de reaseguros y demás personas que participen directamente en la mediación de los seguros y reaseguros privados.

–  Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

Ante los nuevos retos y obligaciones que plantea la aprobación de la Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados, desde SOLVENTO Consulting te ofrecemos la opción de asesorarte y de llevar a cabo la adaptación de tu sociedad de mediación a los preceptos de la citada norma.

La aprobación de esta Ley implica un aumento de las obligaciones de los mediadores de  seguros  y la aplicación de un régimen sancionador mucho más riguroso que el establecido en la Ley de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados (2006). Todo ello comporta una mayor responsabilidad del mediador respecto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa reguladora.

Ante los nuevos retos y obligaciones que plantea la aprobación de la Ley de Distribución, desde SOLVENTO Consulting le ofrecemos la opción de asesorarle y de llevar a cabo la adaptación de su sociedad a los preceptos que la norma establece.

– Elaboración y revisión de documentación jurídica relativa a la actividad de mediación de seguros.

– Elaboración de informes sobre cuestiones que puedan afectar a la sociedad de mediación.

– Servicio de asesoramiento continuado.

Adaptación de la entidad a la normativa de protección de datos, asesoramiento continuado y formación.

Adaptación inicial de la sociedad a la normativa de protección de datos:

Modelos informativos y de solicitud del consentimiento.

Creación del Registro de Actividades de Tratamiento.

Documento de Seguridad adaptado al RGPD.

Adaptación de los contratos con los proveedores y empleados.

Análisis de Riesgos de la entidad.

Evaluación de Impacto en Protección de Datos, en su caso.

Nombramiento de un Delegado en Protección de Datos, en su caso.

 

Asesoramiento continuado y Auditoría:

Asistencia telefónica y por e-mail en la normativa de protección de datos.

Actualización de los diferentes modelos informativos y de solicitud del consentimiento.

Supervisión / Actualización de los contratos con los Encargados del Tratamiento.

Auditoría en protección de datos.

Formación en la normativa de Protección de Datos.

Adaptación de la entidad a la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales (PBC).  El servicio, en función de las obligaciones de la entidad, comprende las siguientes acciones:

Elaboración del Manual de procedimientos de PBC.

Análisis de riesgos.

Adecuación de los procedimientos de control interno.

Asesoramiento en el análisis de operaciones y clientes.

Examen externo.

Formación.

Le asesoramos y llevamos a cabo la tramitación ante la Dirección General de Seguros  ̶ o el  Organismo Supervisor autonómico competente ̶  de las comunicaciones y respuestas a requerimientos que tenga que realizar. Entre otras:

– Comunicación de modificaciones del mediador al Registro de Mediadores.

– Información previa sobre la proyectada transmisión de acciones o participaciones de la correduría de seguros que pudiera dar lugar a un régimen de participaciones significativas. (Importante: cuando exista la intención de llevar a cabo una transmisión de participaciones de la correduría, debe solicitarse previamente la no oposición al Organismo Supervisor en los siguientes supuestos: en  la adquisición de una participación de como mínimo el 10% del capital social o de cada uno de sus incrementos que igualen o superen los límites del 20%, 30% o 50% y también cuando en virtud de la adquisición se pudiera llegar a controlar la sociedad de correduría.)

– Solicitud para ejercer como mediador de seguros o de reaseguros en libre prestación de servicios o derecho de establecimiento en otros países del Espacio Económico Europeo.

– Asesoramiento ante requerimientos del Organismo Supervisor.

Desde Solvento le ofrecemos la posibilidad de conocer el nivel de cumplimiento normativo de su sociedad respecto de la normativa de mediación de seguros así como, en el caso de producirse un inspección a su sociedad  por parte de la DGSFP o del organismo supervisor autonómico competente, le asesoramos durante toda la tramitación.

Auditoría

Con el objeto de prevenir una inspección a su sociedad, desde Solvento le ofrecemos la posibilidad de auditar su nivel de cumplimiento de la normativa de mediación de seguros y le indicamos los aspectos que es necesario corregir para adecuarlos a la citada normativa.

Es recomendable llevar a cabo una auditoría en los siguientes supuestos:

– Cuando se inicia la actividad de mediación. Es en este momento cuando resulta más sencillo adecuar los procesos de la sociedad al cumplimiento normativo.

– Cuando se hayan producido cambios relevantes en la sociedad, como por ejemplo: la sucesión en la dirección de la sociedad, la creación de una nueva línea de negocio, etc.

– Cuando se produzcan cambios normativos relevantes. En este sentido, la aprobación de la Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados supone una serie de cambios  muy importantes que ha de enfrentar el mediador.

– Con carácter periódico. Es aconsejable llevar a cabo una auditoría periódica con el objeto de detectar a tiempo cualquier procedimiento que no se ajuste a la normativa de mediación de seguros.

Asesoramiento durante una inspección.

En caso de producirse una inspección en la sociedad, le ofrecemos nuestro servicio de asesoramiento durante toda su tramitación así como para plantear las alegaciones que se consideren oportunas.

Es importante que, en caso de tener una inspección y estar interesado en nuestros servicios, se asesore cuanto antes, puesto que resultará menos complicado abordar la inspección en su fase inicial que posteriormente.  

Nuestras acciones como expertos:

Asesoramiento Jurídico Integral
Asesoramiento en la normativa de la Mediación de seguros
RGPD
Prevención Blanqueo de Capitales
Prevención y Asesorameinto contra inspecciones de la DGSFP
VIDEO:

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